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¿Vives en una comunidad de propietarios y te estás planteando hacer una instalación de autoconsumo colectivo para reducir la factura de la luz?​

¿Vives en un bloque de pisos o formas parte de una comunidad de vecinos? Entonces puedes beneficiarte del autoconsumo compartido, una fórmula cada vez más extendida para producir y consumir energía solar de forma colectiva. Te explicamos cómo funciona, qué ventajas ofrece y por qué 2025 es el momento ideal para dar el paso hacia la sostenibilidad energética con tu comunidad.

¿Qué es el autoconsumo compartido?

El autoconsumo colectivo permite que varios usuarios (viviendas, empresas o locales) compartan la energía generada por una única instalación fotovoltaica. Esta instalación puede estar ubicada en un tejado común o en una zona próxima, y distribuye la electricidad a través de la red eléctrica o una red interior.

Se trata de una opción ideal para bloques de viviendas, comunidades energéticas o polígonos industriales que desean reducir su dependencia energética y su factura de la luz.

Ventajas del autoconsumo compartido

El autoconsumo colectivo es mucho más que una forma de ahorrar:

  • Reducción de la factura eléctrica desde el primer mes.
  • Inversión accesible, al compartir costes entre varios usuarios.
  • Instalación subvencionada: ayudas públicas, deducciones fiscales, bonificaciones en IBI e ICIO.
  • Sostenibilidad real: reducción de la huella de carbono y apuesta por la energía limpia.
  • Flexibilidad: los vecinos pueden entrar o salir del sistema según su interés.

¿Qué requisitos necesitas para instalar autoconsumo colectivo?

Para compartir una instalación solar entre varios usuarios, hay que cumplir ciertos requisitos:

  • Estar conectados a la misma red de baja tensión o centro de transformación.
  • La instalación debe estar a menos de 500 metros (hasta 2 km en ciertos casos).
  • Tener una referencia catastral común en los primeros 14 dígitos.
  • Firmar un acuerdo de reparto energético entre los usuarios.
  • Registrar la instalación y los coeficientes de reparto ante la distribuidora.

¿Quiénes pueden compartir placas solares?

El autoconsumo compartido no está limitado únicamente a comunidades de vecinos. La normativa actual permite que diferentes tipos de usuarios se beneficien de una instalación solar colectiva, siempre que se cumplan ciertos requisitos técnicos y de proximidad. A continuación, te mostramos los perfiles más habituales que pueden acogerse a este modelo energético:

  • Comunidades de propietarios que desean utilizar energía solar tanto para viviendas particulares como para zonas comunes (iluminación, ascensor, garaje, etc.).

     

  • Conjuntos residenciales de viviendas unifamiliares cercanas, que comparten espacio o están dentro del radio legal de conexión.

     

  • Empresas ubicadas en un mismo edificio, como oficinas, locales comerciales o centros empresariales.

     

  • Naves industriales o negocios situados en un radio máximo de 2.000 metros de la instalación fotovoltaica, siempre que estén conectados a la misma red de baja tensión.

     

  • Cooperativas energéticas o agrupaciones de vecinos, que promueven el autoconsumo compartido como una solución colectiva para ahorrar y reducir el impacto ambiental.
 

En Adymus estudiamos cada caso al detalle para ofrecerte la mejor solución técnica y económica. Solicitar estudio gratuito.

Tipos de autoconsumo colectivo​

Existen tres formas principales de autoconsumo compartido en España, según cómo se gestionan los excedentes de energía generados:

  • Autoconsumo sin excedentes: Toda la energía producida se consume al instante. Se instala un sistema antivertido que evita que la electricidad sobrante se vierta a la red.
  • Con excedentes no acogido a compensación: Los excedentes se vierten a la red eléctrica, pero no se compensan en la factura. En este caso, es necesario registrarse como productor de energía o contar con un representante en el mercado eléctrico.
  • Con excedentes acogido a compensación simplificada: La energía sobrante se vierte a la red y se descuenta de la factura de cada participante según los coeficientes de reparto. Esta es la opción más habitual para comunidades de vecinos.

¿Cómo se reparte la energía en el autoconsumo compartido?

El reparto de la electricidad generada se basa en coeficientes preestablecidos, que definen qué porcentaje de energía recibe cada consumidor. Estos pueden ser:

  • Iguales para todos los participantes.

  • Basados en el consumo real de cada vivienda o local.

  • Proporcionales a la inversión inicial realizada.

Gracias a los contadores inteligentes, cada usuario ve reflejado su consumo solar en la factura de manera automática.

¿Qué pasos hay que seguir para tramitarlo?

Antes de realizar la instalación de un sistema de autoconsumo compartido, es necesario completar una serie de trámites administrativos. Esta fase inicial se compone de los siguientes pasos:

  1. Permisos municipales
    Es imprescindible obtener la autorización del ayuntamiento correspondiente antes de iniciar la obra. Dependiendo del municipio, este permiso puede adoptar distintas formas: licencia de obras, comunicación previa o declaración responsable. Para completar este trámite, se debe presentar documentación técnica y administrativa del proyecto, como una memoria o proyecto técnico visado por un profesional habilitado.
  2. Autorización ambiental y de utilidad pública
    Este trámite es de competencia autonómica y solo se aplica en casos específicos: instalaciones de autoconsumo colectivo a través de la red, con una potencia superior a 100 kW y conexión en alta tensión.
  3. Autorización administrativa previa y de construcción
    También de ámbito autonómico, esta autorización puede requerirse en función de las características de la instalación. Por lo general, se aplica a instalaciones de menos de 100 kW que, sin embargo, estén conectadas en alta tensión.
  4. Solicitud de punto de acceso y conexión
    Este trámite es obligatorio para la mayoría de instalaciones, salvo algunas excepciones:
    • Instalaciones de autoconsumo colectivo sin excedentes.
    • Instalaciones de hasta 15 kW ubicadas en suelo urbanizado y con las dotaciones urbanísticas correspondientes.

En función de la potencia instalada (más o menos de 100 kW) y del tipo de conexión (alta o baja tensión), las distribuidoras eléctricas pueden requerir diferentes procedimientos. Para instalaciones colectivas con una potencia superior a 100 kW, será necesario presentar una garantía económica de 40 euros por cada kW instalado.

Desde Adymus acompañamos a las comunidades en todo el proceso, facilitando la gestión y adaptándonos a cada necesidad.

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