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Real Decreto-ley 16/2025: buenas noticias fiscales para la eficiencia energética y la movilidad eléctrica en 2026

Buenas noticias para cerrar el año. El nuevo Real Decreto-ley 16/2025 amplía y reactiva deducciones fiscales para mejorar la eficiencia energética de viviendas, rehabilitar edificios residenciales y apostar por la movilidad eléctrica, con incentivos de hasta el 60% en el IRPF. Una oportunidad clave para invertir en sostenibilidad y ahorro energético.

Real Decreto-ley 16/2025: buenas noticias fiscales para la eficiencia energética y la movilidad eléctrica

Desde Adymus nos encanta poder poneros al día con buenas noticias antes de acabar el año, especialmente cuando están relacionadas con la incentivación de la eficiencia energética en viviendas y la movilidad eléctrica. El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, publicado en el BOE, llega precisamente con ese objetivo: prorrogar y activar deducciones fiscales clave que facilitan la inversión en hogares más eficientes y en un transporte más sostenible.

Además, esta norma introduce novedades relevantes, ya que algunas de estas medidas no estaban activas durante este año y se recuperan ahora, renovando también una deducción dirigida específicamente a propietarios de edificios residenciales que acometan obras de mejora energética colectiva.

Deducciones fiscales por eficiencia energética en viviendas

El Real Decreto-ley 16/2025 refuerza y amplía las deducciones en el IRPF para quienes apuesten por mejorar el rendimiento energético de sus viviendas. Estas deducciones se estructuran en distintos niveles según el tipo de actuación y el grado de mejora conseguido.

3.1. Deducción del 20% por mejora de la demanda energética

Se reactiva la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas habituales, permitiendo a los contribuyentes seguir beneficiándose de este incentivo fiscal.

  • Deducción del 20% de las cantidades invertidas.
  • Aplicable a obras que consigan una reducción mínima del 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.
  • Válida tanto para la vivienda habitual como para viviendas arrendadas o que estén en el mercado del alquiler.

 

3.2. Deducción del 40% por mejora del consumo de energía primaria no renovable (o A/B)

En el ámbito de las energías renovables y mejoras energéticas más ambiciosas, se mantiene una deducción superior:

  • Deducción del 40% de la inversión realizada.
  • Aplicable cuando las obras logren una reducción de al menos el 30% del consumo de energía primaria no renovable, o cuando permitan obtener una calificación energética A o B tras la actuación.
  • Válida tanto para la vivienda habitual como para viviendas arrendadas o que estén en el mercado del alquiler

 

3.3. Deducción de hasta el 60% en edificios residenciales

El real decreto-ley refuerza las deducciones dirigidas a propietarios de viviendas en edificios residenciales donde se ejecuten obras colectivas de rehabilitación energética renovando esta deducción ya vigente en el 2025:

  • Deducciones de hasta el 60% de las cantidades invertidas.
  • Requiere que las actuaciones consigan una mejora mínima del 30% en el rendimiento energético del edificio.
  • La mejora debe acreditarse mediante el correspondiente certificado de eficiencia energética.
  • En comunidades de propietarios, cada vecino aplica la deducción sobre la parte de inversión que le impute la comunidad según su coeficiente de participación (neto de subvenciones, si las hubiera).

Plazos ampliados

Según la modificación introducida, las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2026, y hasta el 31 de diciembre de 2027 en el caso de actuaciones en edificios completos, podrán acogerse a estas deducciones en la declaración de la Renta, ampliando así los plazos inicialmente previstos.

Incentivos fiscales para la movilidad eléctrica

El Real Decreto-ley 16/2025 también mantiene y refuerza los incentivos fiscales vinculados a la electrificación del transporte:

  • Deducción del 15% en el IRPF para la adquisición de vehículos eléctricos enchufables.
  • Aplicable igualmente a la instalación de infraestructuras de recarga, como puntos de carga en viviendas o en instalaciones vinculadas al uso del vehículo eléctrico.

Estos incentivos buscan facilitar el acceso a la movilidad eléctrica y acelerar la transición hacia un modelo de transporte más limpio y eficiente.

En definitiva

Estas deducciones suponen un estímulo para la rehabilitación energética del parque residencial español, reduciendo el coste neto de inversiones en aislamiento, sistemas de calefacción y refrigeración más eficientes, ventanas de alto rendimiento u otras actuaciones que disminuyan la demanda energética del inmueble.

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